FAMS en nombre de las 20 entidades que componen la Red Estatal de Familias Monoparentales, trasladó el pasado mes de abril las aportaciones para garantizar la protección efectiva de familias monoparentales y la eliminación de las discriminaciones que soportan.
Entre las mejoras del texto se señalan aquellas que atienden a la definición y reconocimiento de las familias monoparentales, además de modificaciones en varios artículos que atienden al marco protector, ámbito laboral y de Seguridad Social y el ámbito fiscal, en los que esta falta de reconocimiento repercute en la vulnerabilidad de las familias.
Se propone un registro Estatal de Familias Monoparentales y una mejora de su definición; por tanto, la definición que se plantea para la correspondiente modificación del artículo 33 de la ley sobre familia monoparental es la siguiente:
“Familia formada por una sola persona progenitora y uno o más descendientes menores de edad sobre los que tenga en exclusiva la patria potestad por cualquier razón, porque sea así en el origen, porque se trate de una persona viuda o en situación equiparable o por pérdida de la patria potestad de la otra persona progenitora.“
En el actual texto se contempla que, en muchas situaciones se dejan fuera a muchas mujeres a las que les es difícil acreditar su situación en las que asumen en solitario la responsabilidad de la familia, dado que el progenitor está ausente y/o no asume las responsabilidades de cuidado, económicas y/o de manutención, por lo que se reclaman estrategias que faciliten el reconocimiento de estas mujeres. En este sentido, se propone como criterio objetivo para considerar como monomarentales a todas las guardas y custodias exclusivas, incluir en los límites de ingresos determinados las anualidades por alimentos que ya quedan en cierto modo “garantizadas” por el Fondo de Garantía del Pago de Alimentos como han establecido las comunidades autónomas de Cataluña y Comunidad Valenciana, para así evitar la desprotección de estas mujeres que tienen difícil acreditar el incumplimiento por parte de la otra persona progenitora.
En estas aportaciones, también se ha atendido al marco protector derivado de la Ley 40/2003 de Protección a las Familias Numerosas, para todas las monoparentales desde el primer hijo/a. A pesar de que la reforma de la ley, reconoce a familias monoparentales con dos hijos como familias con mayores necesidades de apoyo a la crianza, un 70% de las familias monoparentales se queda fuera: aquellas que sólo tienen un hijo. Por lo tanto no se reconoce como una norma específica para familias monoparentales ya que supone una categorización dentro de este modelo de familia y no una política que equipare derechos.
Por otro lado, se señala que en la actualidad se contempla un desequilibrio en cuanto a los criterios de renta entre las familias monoparentales y biparentales a la hora de establecer un sistema de acceso a ayudas a la educación y mantenimiento de los hijxs (ayudas de comedor, de libros etc). Se defiende que todo hogar soporta unos gastos fijos que no dependen del número de adultos que lo sostengan, es decir, los gastos de un hijo o hija van a ser los mismos independientemente si es familia monoparental o no, con lo que se demanda una adaptación de los criterios económicos para tener acceso a las ayudas no conforme al número de progenitores, sino a la crianza y gastos de conciliación que supone el menor.
Siguiendo la dificultad que supone la conciliación para una familia monoparental, y atendiendo a la garantía de cuidados de los niños y niñas de estas familias en base al art.2 de la Convención sobre los Derechos del Niño, dentro del ámbito laboral, se ha demandado una duplicidad de todos los permisos dirigidos a cuidar, como es el de nacimiento, acogida o adopción , además de igualar el ejercicio de derechos en todas las cuestiones laborales en las que se condiciona que ambos progenitores trabajen, de manera que apliquen también a las familias monoparentales en las que la única persona adulta a cargo de la unidad familiar trabaje. Por otro lado, en relación a la Seguridad Social, se propone una corrección de la prestación de corresponsabilidad con el cuidado del lactante, ya que actualmente las familias monomarentales no perciben la ayuda de los 9 a los 12 meses del menor, al no haber otro progenitor que se reduzca la jornada.
A su vez, se ha propuesto una modificación de la Ley 19/2021 por la que se establece el Ingreso Mínimo Vital, para dar cumplimiento al artículo 38.3, respecto a la posible convivencia con familiares u otras personas en caso de familia monoparental, la redacción de la propuesta en el Proyecto de Ley de Familias en caso de la aceptación de esta enmienda se presenta de esta forma:
“Específicamente, en relación con el ingreso mínimo vital, se garantiza que dichas familias pueden acceder al mismo , evitando posibles discriminaciones, equiparando el tratamiento con el de las situaciones familiares en que existan dos personas progenitoras, incluyendo la posibilidad de convivencia con otras familiares o personas, manteniendo su condición de posible beneficiaria respecto del cómputo de los ingresos de su propia unidad familiar sin incluir los del resto de personas con quien conviven y sin perder la aplicación del complemento de monoparentalidad, de acuerdo con lo previsto en la Ley 19/2021, de 20 de diciembre”
En el ámbito fiscal, por su parte también se proponen ciertas modificaciones que corrijan la discriminación hacia las familias monoparentales, ya que la realidad económica de estas familias no se contempla. Por ello se propone por un lado, modificaciones en la ley del IRPF como es igualar la reducción por tributación conjunta a la de familias biparentales y una deducción por monoparentalidad desde el primer hijo/a y, por otro lado, garantizar que la Ley de Haciendas Locales permita la bonificación a todas las monoparentales desde el primer hijo/a.
Las familias monoparentales necesitan una ley que las reconozca, ampare y proteja ya que son objeto de una mayor vulnerabilidad tanto económica como social a la hora de hablar de conciliación y cuidados que son resultado de esta falta de reconocimiento, una falta que no sólo sufren las madres, sino también sus hijos e hijas. Infórmate de más en nuestras redes sociales: