- La guarda y custodia es exclusiva de una persona progenitora que en la práctica asume las obligaciones parentales en solitario.
- La progenitora ha sido víctima de violencia de género por parte del progenitor/a extendida a situaciones de violencia económica.
- Hay una ausencia temporal forzada de una de las dos personas progenitoras (encarcelamiento, migración, etc).
Entendemos como familia monoparental
Aquella en la que sólo hay una persona progenitora, sea cual sea la razón:
porque es así en el origen, por defunción o desaparición, o por pérdida o no ejercicio de la patria potestad de una de las dos personas progenitoras.
- Los hijos e hijas no deberán tener una edad superior a los 21 años.
- Entre los 21 y 25 (hasta el día anterior a cumplir 26) podrán figurar también si demuestran que están matriculados en un centro oficial de estudios, o en caso de dependencia económica de la persona progenitora.
- En el caso de que el/la hijo/a tenga un grado de discapacidad superior al 33% o estén incapacitados/as para trabajar, en este caso no hay límite de edad para considerarse familia monoparental.
Luchamos por una ley que mejore la definición y facilite un registro estatal como reconocimiento a nuestro modelo familiar
Algunas CC.AA ya cuentan con acreditación de Familia Monoparental
Las provincias más oscurecidas ya cuentan con una acreditación específica de familia monoparental, puedes hacer clic para contactar con la entidad correspondiente de la zona y ponerte en contacto para obtener más información.
Si no vives en ninguna de las comunidades que presentan un registro de familia monoparental
Estos son los documentos que debes adjuntar en los trámites que correspondan a demostrar tu situación de monoparentalidad
- Copia del DNI o NIE de la persona solicitante.
- Copia del libro de familia. Si en el libro aparece el otro progenitor/a, copia de la
sentencia de divorcio, separación o nulidad o resolución judicial. Acompañar del
convenio regulador para demostrar quién tiene la guarda y custodia. En el caso de que
no se pueda complementar con el libro de familia, adjuntar certificado de nacimiento.
- Certificado de empadronamiento conjunto de la unidad familiar.